Beneficios Laborales del Sector Agrario – Caso ´Practico
El señor Rafael Mota, trabajador agrario de la empresa CONTADUCO SAC, presentó voluntariamente su carta de renuncia, la cual fue aceptada. Por ello nos comenta que durante su tiempo de labor gozó de su descanso vacacional y además nos presenta la siguiente información, con el fin de calcular sus benéficos sociales:
Fecha de ingreso : 01-02-2014
Fecha de cese : 23-03-2016
Tiempo computable : dos años, un mes y 23 días
Remun. diaria : S/ 30.00
Asignación familiar : S/ 75.00
Aporte a AFP : 10%
Aporte a ESSALUD : 4%
Dato adicional
Las remuneraciones diarias (RD) del régimen especial laboral agrario contienen las CTS y las gratificaciones de julio y diciembre; por otro lado, el descanso vacacional será de quince (15) días calendarios remunerados por cada año de servicios o la fracción que corresponda.
Por ende, se debe calcular la remuneración de marzo 2016 y las vacaciones truncas.
Cálculo
Remuneración de marzo 2016
Vacaciones truncas
RC = Remun. a 30 días + Asig. familiar = 900.00 + 75.00 = S/ 975.00 a.
Por el número de días
(RC /30 x 15) /30 /12 x 23 = 487.50 /30 /12 x 23 = S/ 31.15.
Por el número de meses
(RC /30 x 15) /12 x 1 = 487.50 /12 x 1 = S/ 40.62
Entonces:
Caso N° 02
La señora Susana Manrique, ex trabajadora agrícola de la empresa NGA SA, nos consulta cuánto le correspondería si laboró dentro de dicha empresa poco más de un mes según los siguientes datos:
Fecha de inicio : 01-02-2016
Fecha de cese : 20-03-2016
Tiempo computable : un mes y 20 días
Remun. diaria : S/ 25.00
Aporte a ONP : 13%
Aporte a ESSALUD : 4%
Dato adicional
En la ley que aprueba las normas de promoción del sector agrario, Ley 27360, se establece los días de goce de vacaciones, más el mínimo de días para tener derecho al goce de las mismas es de igual aplicación que en el resto de los regímenes laborales, es decir, mínimo un mes de labores completas. Caso contrario, no se tendría derecho a las mismas.
Por ende, se procederá al cálculo de la remuneración del mes de febrero 2016 y las vacaciones truncas.
Cálculo
Remuneración de marzo 2016
Vacaciones truncas
RC = Remun. a 30 días = S/ 750.00.
Por el número de días
(RC /30 x 15) /30 /12 x 20 = 375.00 /30 /12 x 20 = S/ 20.83.
Por el número de meses:
(RC /30 x 15) /12 x 1 = 375.00 /12 x 1 = S/ 31.25
Entonces: