Calculo de Quinta Categoría

El impuesto a la renta de quinta categoría, se realiza el cálculo por los ingresos percibidos durante todo el año y es aplicable para todo el personal que labora en planilla.

Por tanto, es necesario que tipo de conceptos están afecto o no a renta de 5ta categoría, se lista los conceptos inafectos (que no ingresan para el cálculo de 5ta Categoría), se sobreentiende que todos los ingresos percibidos durante el año son afectos para el cálculo:

SUBVENCIÓN ECONÓMICA MENSUAL (PRACTICANTE SENATI)
REMUNERACIÓN POR LA HORA DE PERMISO POR LACTANCIA
INGRESOS DEL CONDUCTOR DE LA MICROEMPRESA AFILIADO AL SIS
INGRESOS DEL CONDUCTOR DE LA MICROEMPRESA – SEGURO REGULAR
ASIGNACIÓN PROVISIONAL POR DEMANDA DE TRABAJADOR DESPEDIDO
ASIGNACIÓN POR FALLECIMIENTO 1 UIT
BONIFICACIONES CAFAE (3)
INDEMNIZACIÓN POR DESPIDO INJUSTIFICADO U HOSTILIDAD
INDEMNIZACIÓN POR MUERTE O INCAPACIDAD
INDEMNIZACIÓN POR RESOLUCIÓN DE CONTRATO SUJETO A MODALIDAD
INDEMNIZACIÓN POR VACACIONES NO GOZADAS
INDEMNIZACIÓN POR RETENCIÓN INDEBIDA DE CTS ART. 52 D.S Nº 001-97-TR
INDEMNIZACIÓN POR NO REINCORPORAR A UN TRABAJADOR CESADO EN UN PROCEDIMIENTO DE CESE COLECTIVO – DS 001-96-TR
INDEMNIZACIÓN POR REALIZAR HORAS EXTRAS IMPUESTAS POR EL EMPLEADOR
COMPENSACIÓN POR TIEMPO DE SERVICIOS (C.T.S.)
INCENTIVO POR CESE DEL TRABAJADOR
PENSIONES DE JUBILACIÓN O CESANTÍA, MONTEPÍO O INVALIDEZ
SUBSIDIOS POR MATERNIDAD
SUBSIDIOS DE  INCAPACIDAD POR ENFERMEDAD
CONDICIONES DE TRABAJO
IMPUESTO A LA RENTA DE QUINTA CATEGORÍA ASUMIDO
PENSIONES DE JUBILACIÓN O CESANTÍA, MONTEPÍO O INVALIDEZ PENDIENTES POR LIQUIDAR
SUMAS O BIENES QUE NO SON DE LIBRE DISPOSICIÓN
INGRESO DEL PESCADOR Y PROCESADOR ARTESANAL INDEPENDIENTE – BASE DE CALCULO APORTE ESSALUD – LEY 27177

 

La retencion se realiza deduciendo las 7 U.I.T. y para el año 2016 es 3,950.00 entonces el monto deducible del 2016 es 27,650.00

ESCALA U.I.T. TASAS
Hasta  5  U.I.T. 8%
Mas de 5  U.I.T. hasta  20  U.I.T. 14%
Mas de 20  U.I.T. hasta  35  U.I.T. 17%
Mas de 35  U.I.T. hasta  45  U.I.T. 20%
Mas de 45  U.I.T. 30%

 

Dicho todos los detalles, se realiza un ejemplo simple:

Jorge Silva, a percibido los siguientes ingresos en el año 2016:

DESCRIPCION INGRESO MENSUAL INGRESO ANUAL
Sueldo 4,500.00 54,000.00
Asignacion Familiar 85.00 980.00
Condicion de Trabajo 550.00 6,600.00
Gratificaciones 9,000.00
Bonific. 9% 810.00
Movilidad 300.00 3,600.00

Teniendo en cuenta los concepto excluyentes, es solo la condicion de trabajo que no esta afecto al impuesto a la renta de quinta categoria. Por tanto el monto afecto es S/ 68,390.00

La retencion se realiza de la siguiente manera:

68,390.00 – 27,650.00 = 40,740.00 afecto a 5ta categoria.


Hasta 5 UIT ( 19,750.00), se descuenta el 8%, como el monto afecto es mayor a 5 UIT, se toma el mismo valor:

19750 x 8% = 1580.


Desde 5 UIT hasta 20 UIT, (59,250.00), se deduce el 14%, y de los 40740 – 1580 (Dscto anterior) = 20,990.00 y este inferior a 59,250.00, por tanto se toma solo el residuo del monto afecto:

20,990.00 x 14% = 2938.60


Debido que no existe mayores montos, se suma los deducidos:

1,580.00 + 2,938.60 = 4,518.60,  es el monto retenido por todos los ingresos percibidos por Jorge Silva.

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