Como todo cálculo es necesario saber los indicadores claves que son: los días laborados y la remuneración que percibes, y todos los datos son en base al periodo pasado.
El 50% del beneficio se calcula en base a los días trabajados durante el año, considerándose los días cumplidos como una jornada ordinaria, y algunas inasistencias que deducen de lo mencionado y ellos son los siguientes:
- Descansos médicos (accidente de trabajo o enfermedad ocupacional)
- Licencias sindicales
- Licencias de los trabajadores miembros del comité de seguridad y salud
- Inasistencias por el cierre del centro de trabajo por infracciones tributarias
- Los días no trabajados por un despido nulo
- Horas de lactancia materna
- Días de suspensión de labores
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El otro 50% se calcula en base a la remuneración percibida durante el periodo. Sin tomar en cuenta los conceptos no remunerativos, como: asignación por educación, vales de alimentos, bonificación por cierre de pliego, etc.
El promedio de ambos, dependiendo también de tu condición como trabajador, es lo que recibirás como pago de utilidades. Existe un límite, que es el equivalente a 18 remuneraciones mensuales que se encuentren vigentes al cierre del ejercicio de tus labores.
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