Establecen Jubilación Anticipada por tiempo indefinido

De a cuerdo a la norma publicada en el diario el peruano, ley 30939, donde se establece que la jubilación anticipada, queda de forma indeterminada.

Quiere decir que no tendrá fecha de caducidad, por tanto, todos los peruanos en el futuro se pueden acoger a este beneficio si antes cumplen con los siguientes requisitos.

 

PARA DESEMPLEADOS:

La Jubilación Anticipada para Desempleados (JAD), se pueden acoger las personas que:

 

  • Siempre en cuando tengan la siguiente edad: Hombres a los 55 años y Mujeres a los 50 años y lo más importante estar desempleado por 12 meses consecutivos a más.

 

  • Se obtendrá un Bono de Reconocimiento y se podrá considerar a los 2 años de haberse acogido a la Jubilación Anticipada para Desempleado (JAD) o cuando se cumpla 65 años.

 

 

PARA EMPLEADOS:

La Jubilación Anticipada (JA), es para aquellos que permanecen laborando.

 

  • Deben tener una edad: Hombres a los 55 años y Mujeres a los 50 años y su pensión debe ser igual/superior al 40% del promedio de remuneraciones/rentas durante los últimos 120 meses que viene a ser 10 años de labores (se deducirán las gratificaciones).

 

  • Para el cálculo de la pensión no se consideran aportes voluntarios con o sin fin previsional que excedan el 20% de la CIC de aportes obligatorios y que hayan permanecido 9 meses en la CIC. (No aplica para afiliados que hayan hecho aporte voluntario en los 3 meses anteriores a esta Ley)

 

  • El Bono de Reconocimiento y se podrá considerar a los 2 años de haberse acogido a la Jubilación Anticipada (JA) o cuando se cumpla 65 años.

 

 

RETIROS:

Los retiros de la pensión será solo el 95.5% del fondo a retirar, el 4.5% restante será retenido y transferido de la AFP a Essalud en 30 días.

 

Dentro de este porcentaje se incluye el aporte a Essalud por las pensiones, para que el jubilado y su derechohabiente puedan atenderse de por vida. (Aplica para solicitudes de retiro de pensión al 95.5% en trámite).

 

Ahora ya puede elegir si te acojas a la Jubilación anticipada, beneficio que empieza a regir y sin fecha de caducidad.