Establecen la forma, plazo y condiciones para el pago del aporte social a que se refiere el artículo 32 de la Ley N° 30002
Mediante la presente resolución, se establece la forma, plazo y condiciones para el pago del aporte social a que se refiere el inciso a) del artículo 32 de la Ley Nº 30003, Ley que regula el Régimen especial de seguridad social para los trabajadores y pensionistas pesqueros, la cual dispuso que constituyen recursos del Fondo Extraordinario del Pescador (FEP).
Además de los aportes creados en sus artículos 9 y 31 regidos por el Código Tributario y administrados por la SUNAT, el aporte social de carácter temporal, que fue aprobado por el Decreto Legislativo Nº 1084.
La misma Ley sobre Límites Máximos de Captura por Embarcación, que creó un aporte social de carácter temporal a cargo de los titulares de los establecimientos industriales pesqueros para consumo humano indirecto.
Para ello se aprueba el formulario:
- Formulario Virtual Nº 1680 – Aporte Social D. Leg 1084, el que debe ser utilizado por los titulares de los establecimientos industriales pesqueros para el pago del aporte social.
- El Formulario estará disponible en SUNAT Virtual a partir del 17 de abril de 2018, además se menciona la forma y condiciones para hacer aquel aporte.
Por otro lado, se señala que los titulares de los establecimientos industriales pesqueros deben efectuar el pago del aporte social correspondiente a las descargas acumuladas de un mes calendario entre el décimo quinto y el último día hábil del mes siguiente de realizadas dichas descargas.
Vigencia, La presente resolución rige a partir del día siguiente de la publicación.