Decreto Supremo que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1405, Decreto Legislativo que establece regulaciones para que el disfrute del descanso vacacional remunerado favorezca la conciliación de la vida laboral y familiar, para el sector público
RESPECTO DEL DECRETO SUPREMO N° 013-2019-PCM
El objetivo del presente Decreto Supremo publicado con fecha 05 de Febrero de 2019, es poder hacer valer lo dispuesto por el inciso 22 del artículo 2 de la Constitución Política del Perú, en el cual se señala que toda persona tiene derecho a la paz, a la tranquilidad y al disfruto del tiempo libre y al descanso, así como a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de vida.
Puntos importantes que se deben tomar en cuenta ya que el empleador y el trabajador deberán acordar:
- El adelanto de días de descanso a cuenta del período vacacional que se genere a futuro; incluso por un número de días mayor a la proporción del récord vacacional generado a la fecha del acuerdo. Este puede ser iniciada aun cuando se coincida con el día de descanso semanal, feriado o día no laborable. (Art. 5)
- La oportunidad del descanso vacacional remunerado los cual se disfruta, de forma efectiva e ininterrumpida. A falta de acuerdo, el empleador decide la oportunidad del goce, (Art. 7.2)
- El fraccionamiento del descanso vacacional. (Art. 7.2).
- El acuerdo de fraccionamiento del descanso vacacional se celebra por escrito y debe ser previo al goce del mismo. Se deberá indicar expresamente la estructura del fraccionamiento, así como las fechas de inicio y término. (Art. 9)
Asimismo, se hace de conocimiento que el fraccionamiento mínimo para el goce es el siguiente:
Sector Privado: Puede fraccionar en dos partes: 15 dìas que deben ser gozados en un mínimo de 8 y 7 dìas continuos, los otros 15 días los puede solicitar por días individuales.
No aplica para el régimen Mype, Agricola, Civil, Pesquero tampoco minero.
Sector Publico: Solo puede gozar en dìas individuales hasta un máximo de 7 dìas. los 23 días debe gozar en un mínimo de 7 días continuos.