Todos los trabajadores independientes, emiten recibo por honorario, el mismo que no tiene retención del impuesto a la renta si no supera el monto tope, establecido por la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT).
Con el alza de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT), los trabajadores independientes fueron beneficiados, debido que se incrementó y por tanto el tope se elevó, brindando más liquidez a los de cuarta categoría.
>Conozca la UIT de de todos los periodo anuales, incluyendo 2017 y 2018
Como se sabe, para la declaración anual como persona natural, los trabajadores independientes, para obtener el Impuesto a la Renta, primero se suman todos los ingresos percibidos durante el año, luego se le aplica una deducción del 20% de ese ingreso restante anual se le deduce recién las 7 UIT.
Recordar que a partir de la declaración del 2017, es factible adicionar 3 UIT adicionales, siempre en cuando la persona natural cumpla con lo especificado por la SUNAT.
De acuerdo a lo mencionado, el trabajador independiente, tiene derecho a solicitar esta suspensión si proyectas en el año no superar los ingresos por S/ 36,312.00.
Este importe es válido para el ejercicio 2018 y se incluyen en su cómputo los ingresos por rentas de quinta categoría en caso ello ocurra. El tope mensual es de S/ 3,026.00 percibido durante el periodo.
Recordar que todo recibo emitido por un monto mayor a S/ 1,500.00 soles, es obligatorio que la empresa retenga el 8%, excepto para aquellos que ya hayan tramitado la Suspensión de Cuarta Categoría.
DATOS:
La suspensión de cuarta categoría se hace efectivo, al día siguiente de la emisión. Por tanto si se emitió un recibo antes de tener la constancia, es recomendable revertir el honorario y emitir otro por el mismo monto.
La Suspensión de cuarta, lo puedes realizar a partir del 01 de enero de cada periodo anual, debido que la constancia es válido solo hasta el 31 de diciembre del mismo año de emisión.
>Sepa como tramitar la Constancia de Suspension de Cuarta Categoría.
En caso que tengas suspensión y luego superes el monto tope establecido, es recomendable informar a la empresa para su retención del impuesto pese a emitir por monto menor a S/ 1,500.00 soles, y asi hacer más simple tu declaración mensual.