Publican la Ley General de Bodegueros (Ley N° 30877)

El objeto de la Ley es reconocer el valor social de la actividad del bodeguero, a través del expendio o venta de productos de primera necesidad, como micro o pequeñas empresas.

Generadoras de empleo directo e indirecto, constituyéndose en una unidad económica básica y esencial para el desarrollo de las comunidades.

Respecto al régimen tributario de la bodegas, se delega a Sunat definir su tratamiento tributario correspondiente.

Además se establece el 12 de agosto de cada año como el Día del Bodeguero.

En un plazo no mayor a 6 meses, el Ministerio de la Producción aprobará el reglamento de la Ley.