¿Se ajusta el costo de ventas en una no perfeccionada?

Muchas veces, nos preguntamos si se ajusta el costo de ventas en una no perfeccionada. a continuación va unos casos:

 

En una fiscalización.

LA SUNAT

En un caso especifico, La Administración Tributaria había desconocido el costo de venta por una exportación de mercadería la que fue devuelta por llegar en mal estado al país de destino, no obstante, se procedió a eliminarse de forma inmediata.

 

Como considerar

Respecto a ello, el Tribunal Fiscal mediante su Resolución N° 6997-3-2017 atendiendo a lo dispuesto en los artículos 20° y 85° de la Ley del Impuesto a la Renta, señalo que al no considerarse en el caso de autos como ingreso neto proveniente de la venta.

 

El motivo por el cual el valor de la mercadería devuelta, no corresponde que se considere el costo computable de dichos bienes, por lo que el ajuste por la venta anulada efectuado por la Administración al costo se encuentra arreglado a ley.

 

En ese sentido, no correspondió que se considere como costo de venta el valor de mercadería devuelta y la SUNAT desconoció el valor de la mercadería y eliminada de forma inmediata, al considerar que dicho gasto debió cumplir los requisitos como desmedro para ser deducibles.

 

Sunat y el reparo.

Muy aparte del reparo de Sunat, surge la interrogante de la forma de deducir como gasto la eliminación de ciertas mercaderías cuando es NECESARIO eliminarlo de forma inmediata porque altera el medio ambiente, la salud u otras causas y no habría que esperar todo el cumplimiento de los requisitos como desmedros.