SUNAT: La Bancarización en las personas jurídicas y naturales.

Cuando se hace referencia al término “bancarización” no se debe confundir con otro término utilizado también en el ámbito bancario y/o financiero, que es la “inclusión financiera”.

 

Sobre la bancarización, apreciamos que la misma permite a las personas naturales o personas jurídicas aprovechar los productos financieros, para el desarrollo de las actividades de los titulares de estos.

 

Prueba de ello, es el caso de una persona que cuenta con una tarjeta de crédito, al haber calificado para una institución bancaria. Ello indica que esta persona ha logrado la inclusión financiera, y si la usa de manera reiterada se cumple la bancarización.

 

Además, en la bancarización para efectos de los registros de las instituciones financieras y bancarias contaría con un récord de registros sobre su actividad, quedando este historial como una muestra que le permite posteriormente contar con un historial crediticio a su favor, sobre todo cuando existe la posibilidad de solicitar algún tipo de financiamiento como, por ejemplo, un crédito hipotecario o un préstamo personal.

 

Posteriormente, cuando utiliza dicha tarjeta de crédito para poder adquirir un bien de capital y lograr pagarlo en cuotas, se estaría manifestando la denominada bancarización y su ingreso al circuito financiero.

 

De acuerdo con lo indicado por el propio portal web de la Administración Tributaria, se precisa el concepto de bancarización:

 

Consiste en formalizar todas las operaciones y canalizarlas a través de medios legales que permiten identificar su origen y destino y que el Estado pueda ejercer sus facultades de fiscalización contra la evasión tributaria, el lavado de activos y otros delitos.

 

 

En el portal denominado Conocimiento, se precisa:

La bancarización se refiere al uso masivo del sistema financiero formal por parte de los individuos, para la realización de transacciones financieras o económicas;

incluyendo no solo los tradicionales servicios de ahorro y crédito, sino también la transferencia de recursos y la realización de pagos a través de la red bancaria formal. Así, el concepto se relaciona con el acceso a los servicios financieros por parte de la población.

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