¿Cómo pagar el primero de mayo? ¿El pago es triple?

El 1 de mayo se celebra el Día del Trabajo, feriado no laborable para todos los sectores y regímenes.

Existen algunos sectores (comúnmente de Servicios) continúan realizando sus actividades normales, es el motivo por el cual a continuación te detallamos como cobrar el feriado de acuerdo a tu caso, pudiendo cobrar hasta el triple el feriado laborado.

Según la norma, la remuneración por el Día del Trabajo se percibe íntegramente y sin condición alguna.

Así cuando el trabajador tenga inasistencias o tardanzas durante la semana, es decir, si este día descansa igual recibirá el pago del día. Recuerda: Lo normal en la planilla semanal, el feriado común, es un sexto a razón de días trabajados.

Los colaboradores que están en planilla semanal y que trabajan el feriado 1 de mayo, siendo ese día el descanso semanal obligatorio y sin descanso posterior, deben percibir tres remuneraciones. Una por el feriado especial de primero de mayo y doble por haber laborado en día feriado.

Para aquellos que están en planilla mensual y laboran el Día del Trabajo, 1 de mayo, el mismo que coincide con el día de descanso semanal, el trabajador recibirá un día de remuneración por el feriado, más la remuneración por el descanso semanal.

Para el trabajador que labore el 1 de mayo y tenga un mutuo acuerdo con su empleador para que su descanso sea posterior, ya no tendrá pago adicional por el descanso semanal, debido que va ser distinto al primero de mayo.

Si el trabajador es destajero o comisionista, el pago por el Día del Trabajo va a ser igual al sueldo promedio diario, pudiendo aplicarse el triple bajo el mismo calculo anterior. Recuerda: que el destajero es aquel que se lo paga de acuerdo a producción realizada y comisionista por las ventas realizadas.

Recuerda que el trabajador no está obligado a trabajar durante el feriado ya sea con el pago adicional o con descanso compensatorio. Es un derecho al pago del feriado pro primero de mayo.

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